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-210- Consolidación de Balances

 

Cuando una sociedad tiene participaciones de cierta importancia en otra(s) sociedad(es)la ley le obliga a presentar, además de sus cuentas individuales, las cuentas consolidadas del grupo.

Las cuentas consolidadas vienen a ser la suma de las cuentas individuales(balance y cuenta de resultados) de las distintas empresas que conforman el grupo. A la suma obtenida se le realizan una serie de ajustes con vistas a eliminar operaciones y posiciones intergrupo.

Las cuentas consolidadas incluyen:

Balance

Cuenta de pérdidas y ganancias

Memoria

Las cuentas consolidadas permiten tener una imagen fiel de todo el grupo.

Cuando una sociedad tiene participaciones en otras sociedades es importante que el grupo en su conjunto tenga un balance sólido y que sea rentable, y la única manera de poder comprobarlo es a través de las cuentas consolidadas del grupo.

Una sociedad podría enmascarar pérdidas y endeudamiento en filiales con vistas a presentar ella un balance saneado, cuando la realidad del grupo podría ser bien distinta. Con las cuentas consolidadas se evita este tipo de distorsiones.

El hecho de que la ley obligue a un grupo de sociedades a presentar cuentas consolidadas no les exime a cada una de ellas de tener que presentar sus propias cuentas individuales.

¿Quiénes forman el grupo consolidado?

La sociedad matriz o cabecera del grupo, que participa en otras sociedades.

Las sociedades dependientes: aquellas en las que la matriz tiene una participación superior al 50%.

Las sociedades multigrupos: la matriz tienen una participación inferior al 50% y comparte con otra(s) sociedad(es) ajena(s) al grupo su gestión.

Ejemplo: dos sociedades (una de ellas la matriz del grupo) participan al 50% en una tercera sociedad, interviniendo ambas en su gestión.

Sociedades asociadas: la matriz tiene una participación superior al 20% (o al 3% si la sociedad cotiza en bolsa) e inferior al 50% y ejerce cierta influencia en su gestión (tiene representantes en el Consejo de Administración).

Las participaciones en estas sociedades pueden ser directas o indirectas:

Participación directa: la propia matriz posee la participación. Ejemplo: la sociedad Buenavista, S.A. tiene el 80% de Altamira, S.L.

Participación indirecta: la participación es poseída a través de otra sociedad dependiente. Ejemplo: Altamira, S.L. tiene el 90% de Ahín, S.L., luego Buenavista, S.A. participa indirectamente en Ahin, S.L.

Por último, señalar que en algunos supuestos determinados la ley exime de la obligación de presentar cuentas consolidadas: por ejemplo, cuando el tamaño del grupo es muy reducido.

En España se exime de la obligación de presentar cuentas consolidadas cuando el activo del grupo es inferior a 5,5 m euros, sus ventas inferiores a 11,5 m euros y su plantilla inferior a los 250 empleados.


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